El caso más frecuente consultado en nuestra firma legal está relacionado con personas que tienen un vehículo asegurado con alguna compañía aseguradora, sufren un siniestro, es decir, hacen efectiva su póliza, y al presentar la reclamación, la compañía niega el pago de la indemnización alegando alguna causal de objeción.
TEN EN CUENTA LO QUE TU ASEGURADORA DEBE HACER POR TI:
Si has experimentado o estás experimentando una situación similar, estás en el lugar correcto para obtener el pago esperado.
PRIMERO
Debes tener claro cuál es el amparo que afecta tu caso. Por ejemplo, si tu vehículo tiene un daño parcial, el amparo afectado es el de pérdida parcial por daños, el cual generalmente tiene un deducible. El deducible de un seguro es el dinero que la compañía de seguros no indemniza en caso de un siniestro. En otras palabras, es el valor que le corresponde asumir al asegurado. De esta forma, la responsabilidad se divide entre la aseguradora y el asegurado.
EJEMPLO:
En un siniestro donde el costo de reparación del vehículo es de $5,000,000 y el deducible es de un salario mínimo ($1,200,000), la aseguradora cubrirá la suma de $3,800,000, mientras que el asegurado deberá asumir el deducible.
Por lo tanto, lo primero que se debe revisar en la carátula de la póliza es el deducible. Tal como se muestra en la siguiente imagen, se observa que la pérdida parcial o de menor cuantía tiene un deducible de $1,200,000.
En el caso de un accidente de tránsito, deberás probar, aunque parezca obvio, la ocurrencia del accidente. Esto puede lograrse con el informe policial de accidente de tránsito (croquis), fotografías, vídeos y testimonios.
¿QUÉ HACER SI SOLO HAY DAÑOS MATERIALES Y EL AGENTE DE TRÁNSITO NO REALIZA UN CROQUIS?
En este caso, se sugiere realizar un concepto técnico con unperito de accidentes de tránsito para fortalecer la prueba de la reclamación. Para esto, recomendamos la firma experta en investigación y reconstrucción de accidentes, NBI S.A.S.
Para probar la cuantía, inicialmente se sugieren cotizaciones legales. Sin embargo, esto no siempre es suficiente, ya que las cotizaciones pueden ser infladas por los talleres para vender repuestos. Por lo tanto, lo aconsejable es realizar un peritaje judicial del vehículo que identifique los daños, el costo de los repuestos y la mano de obra. Para esto, también recomendamos a la firma NBI S.A.S.
TERCERO
En una reclamación debe quedar absolutamente claro lo siguiente:
1. Hecho Generador: La conducta que genera el accidente (concepto técnico del accidente o peritajede accidente de tránsito).
2. Daño Sufrido: El costo de reparación del vehículo.
3. Prueba de la Relación de Causalidad: Se debe demostrar que la conducta y el daño están relacionados. Por ejemplo, si la colisión es frontal, es difícil justificar un daño preexistente en la parte trasera del vehículo.
Con nuestra experiencia en peritaje de siniestros y nuestra dedicación para obtener resultados favorables, podemos ayudarte a presentar una reclamación sólida y asegurarnos de que recibas la indemnización justa que mereces.